El tribunal ratificó una pena de 8 meses de prisión en suspenso e impuso una serie de medidas restrictivas, entre ellas la prohibición de atender a pacientes menores de edad y la obligación de colocar un cartel informativo en su consultorio.
La Cámara Penal de Comodoro Rivadavia confirmó la condena contra un odontólogo de 50 años, identificado con las iniciales F.R.F.D., por el delito de abuso simple contra una paciente menor de edad de 17 años. El hecho ocurrió en su consultorio en junio de 2023.
El tribunal avaló la sentencia previamente dictada por la jueza Karina Breckle, manteniendo la condena de 8 meses de prisión en suspenso. Esto implica que el profesional no irá a prisión siempre que cumpla con todas las condiciones impuestas.
Entre las medidas dispuestas, la Justicia ordenó la prohibición total de atender pacientes menores de edad, sin excepciones. Se le obliga además a colocar un cartel visible en el consultorio informando sobre esta restricción.
El profesional deberá realizar tratamiento psicológico durante un período de dos años o hasta recibir el alta correspondiente. También debe completar 800 horas de cursos y capacitaciones vinculadas a violencia, ética profesional y derechos de niños, niñas y adolescentes.
Otro punto establecido en la sentencia es el pago del tratamiento odontológico de ortodoncia iniciado por la víctima, que deberá ser cubierto por el condenado con el profesional que ella elija.
Durante el proceso de revisión, la defensa del odontólogo solicitó revertir la condena, cuestionando la valoración de las pruebas y algunos procedimientos. La Cámara Penal rechazó esos planteos y confirmó la sentencia en su totalidad, basándose en elementos probatorios como el relato de la denunciante, declaraciones de sus padres y el análisis integral del expediente.
Con la condena firme y las nuevas restricciones, la Justicia busca sostener la responsabilidad penal del profesional y reforzar medidas de prevención en el ámbito de atención médica.
