Fallo por la expropiación de YPF: demandantes piden más tiempo para impugnar la decisión

Tras el revés judicial que favoreció a la Argentina, las empresas que demandaron al país solicitaron una extensión de plazos para preparar un nuevo recurso. El caso continúa su curso en tribunales de Estados Unidos.

Un grupo de empresas que demandó a la Argentina por la expropiación de YPF sufrió un revés judicial y ahora busca revertir la decisión. Para ello, pidieron una extensión de los plazos que les permitiría preparar un nuevo recurso, mientras el caso sigue generando atención en tribunales estadounidenses y en la esfera internacional.

Los demandantes solicitaron formalmente más tiempo al tribunal para organizar su siguiente paso. “Los demandantes solicitan respetuosamente una extensión de 28 días del plazo para presentar una petición de reconsideración”, indica el escrito. Originalmente, ese plazo vencía el 10 de abril de 2026, pero pretenden ampliarlo hasta el 8 de mayo.

La intención es presentar un recurso conocido como “rehearing”, que busca que el mismo tribunal revise el fallo, o un “rehearing en banc”, donde todos los jueces del tribunal evalúan el caso, no solo un panel reducido. Este último procedimiento es excepcional en Estados Unidos y se utiliza únicamente si existen contradicciones con decisiones previas o si el caso es de especial relevancia. Según el texto presentado por los demandantes, estas condiciones no parecen cumplirse, por lo que es poco probable que la solicitud sea aceptada.

Los argumentos para solicitar la extensión incluyen la disponibilidad del abogado principal del grupo, quien tiene “obligaciones profesionales y personales en las próximas semanas”. Añaden que una prórroga “modesta” les permitiría exponer de manera completa sus argumentos ante el tribunal.

En cuanto a la evolución del caso, el 27 de marzo la Corte de Apelaciones falló a favor de Argentina y YPF, dejando sin efecto un fallo anterior que beneficiaba a los demandantes. Ahora, las empresas evalúan sus alternativas: presentar la revisión del fallo solicitada, recurrir a la Corte Suprema de Estados Unidos o explorar un arbitraje internacional.

Mientras tanto, el plazo solicitado marca un nuevo capítulo en un conflicto judicial que sigue siendo observado por su impacto económico y legal a nivel internacional. La decisión sobre la extensión podría determinar la estrategia de los demandantes en los próximos meses.

Los fundamentos del fallo a favor de Argentina

La Corte de Apelaciones basó su decisión en tres puntos clave del derecho argentino:

1. Los estatutos no son un «contrato de a dos»
La Corte considera que los estatutos de YPF no funcionan como un contrato bilateral común, donde dos partes se prometen algo mutuamente. Según el fallo, bajo la ley argentina, los estatutos son un «contrato plurilateral de organización». En términos sencillos, los estatutos son el «manual de reglas» de una sociedad, no una lista de promesas directas entre socios. Por lo tanto, si un socio (en este caso el Estado) rompe una regla del manual, los otros socios no pueden exigirlo automáticamente por daños y perjuicios como si fuera un incumplimiento de un contrato privado. La Corte concluyó que esta vía legal “no es cognoscible”, es decir, que no es admisible ni tiene sustento en el derecho argentino.

2. La Ley de Expropiación está por encima de los estatutos privados
Este es, quizás, el punto más fuerte del fallo. Los demandantes sostenían que Argentina debía haber hecho una oferta de compra a todos los accionistas antes de tomar el control, tal como decían los estatutos. Sin embargo, la Corte dictaminó que cuando el Congreso de la Nación votó la expropiación por «utilidad pública», esa decisión soberana pasó por encima de cualquier acuerdo privado. La clave técnica es el Artículo 28 de la Ley General de Expropiaciones (LGE) de Argentina, que prohíbe cualquier acción de terceros que pueda «impedir la expropiación o sus efectos». La Corte fue tajante: una indemnización de 16.100 millones de dólares -que representa el 45% del presupuesto nacional de Argentina- es un obstáculo evidente a los efectos de una decisión soberana y, por lo tanto, es ilegal bajo la propia normativa argentina.

3. El uso de la herramienta legal equivocada
La Corte de Apelaciones señaló que, si bien Argentina violó los estatutos de manera «flagrante», los demandantes eligieron el camino judicial incorrecto. La ley argentina prevé otros mecanismos para quejarse, como impugnar las juntas de accionistas o buscar compensación directamente a través de los procedimientos de la Ley de Expropiación, pero no permite una demanda de «daños por contrato» entre accionistas por este motivo. En resumen, la justicia dictamina que los demandantes intentaron aplicar reglas de comercio privado a un acto de autoridad que el derecho argentino protege de manera especial.

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