El máximo tribunal del país hizo lugar al recurso de la Procuración de Chubut y ordenó dictar una nueva sentencia, tras considerar que la demora en el proceso se debió a la pandemia.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto una sentencia del Superior Tribunal de Justicia del Chubut que había anulado la condena de Samuel Josué Figueroa por abuso sexual con acceso carnal reiterado contra una menor de edad. La decisión, dictada el 31 de marzo de 2026, pone fin a un proceso sostenido desde 2018 por la Fiscalía de Esquel.
Los hechos ocurrieron entre 2000 y 2007 en la localidad de El Maitén. La víctima tenía entre 8 y 14 años. El imputado, pareja de su madre y a cargo de su guarda, fue condenado en agosto de 2020 por el Tribunal de Juicio de Esquel a catorce años de prisión.
Sin embargo, el Superior Tribunal revocó esa condena en 2021 y ordenó un nuevo debate, argumentando una violación a los principios de concentración e inmediación por la demora entre el veredicto y la audiencia de pena. Esta demora se produjo en el contexto de las restricciones por la pandemia de Covid-19.
Frente a ello, el Procurador General de Chubut, Jorge Luis Miquelarena, interpuso un recurso extraordinario federal. Sostuvo que el tribunal provincial había ignorado normas federales que tornaron imposible cumplir los plazos ordinarios durante la pandemia, que ninguna de las partes sufrió perjuicio real y que ordenar un nuevo juicio implicaba una grave revictimización.
La Corte Suprema compartió esos argumentos. Calificó la decisión del Superior Tribunal como un exceso ritual manifiesto, declaró procedente el recurso, dejó sin efecto la sentencia impugnada y devolvió los autos al tribunal de origen para el dictado de una nueva sentencia ajustada a derecho.
De esta forma, la resolución restituye la validez del proceso llevado adelante por el Ministerio Público Fiscal y encamina la confirmación de la condena, por lo que el imputado deberá cumplir la pena efectiva.
