La Justicia de Comodoro Rivadavia reconoció una paternidad tras negativa a prueba de ADN

Un fallo del Juzgado de Familia N°3 estableció el vínculo filial de una menor y ordenó una cuota alimentaria, aplicando la presunción legal ante la falta de colaboración del demandado.

El Juzgado de Familia N°3 de Comodoro Rivadavia dictó una sentencia en una causa de filiación extramatrimonial y reconoció legalmente la paternidad de una menor, a pesar de que el hombre demandado se negó en reiteradas ocasiones a realizarse un examen de ADN. La resolución garantiza el derecho a la identidad de la niña y establece el vínculo filial.

El caso se inició el 16 de agosto de 2024, cuando la madre de la menor, con el acompañamiento de la Asesoría de Familia, presentó la demanda ante la falta de reconocimiento voluntario por parte del progenitor. Durante el proceso, el demandado fue citado en varias oportunidades para someterse a estudios genéticos, pero no asistió a las instancias fijadas para el 25 de septiembre y el 16 de octubre de 2025.

Frente a esta negativa, la jueza aplicó la presunción legal de paternidad prevista en el Código Civil y Comercial de la Nación, que habilita a considerar acreditado el vínculo cuando una de las partes se rehúsa injustificadamente a la prueba de ADN. A esto se sumaron testimonios que confirmaron la existencia de una relación entre la madre y el demandado en la época en la que se produjo la concepción.

En su fallo, la magistrada declaró la filiación extramatrimonial y dispuso que la menor conserve su nombre actual, pero incorporando el apellido paterno. Además, ordenó el pago de una cuota alimentaria provisoria equivalente al 20% de los ingresos mensuales del hombre, con el objetivo de garantizar el sustento inmediato de la niña.

La sentencia también establece que las costas del proceso deberán ser asumidas por el demandado y ordena la notificación al Registro Civil para la actualización de la partida de nacimiento. El fallo marca un precedente en cuanto a la importancia de garantizar el derecho a la identidad, incluso ante la negativa de una de las partes a colaborar con las pruebas biológicas.

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