El impuesto que no aplica ningún país del mundo, pero en Argentina se come casi 8% del valor de los alimentos

El Impuesto sobre los Ingresos Brutos se creó en la década de 1970. Su antecesor se denominaba Actividades Lucrativas (es exactamente el mismo Impuesto), aplicado entre 1930 y 1940 en todas las provincias.

Fue concebido como un tributo “transitorio”, pero, sin sorprendernos, quedó como definitivo.

Las características del Impuesto sobre los Ingresos Brutos son muy negativas para el desenvolvimiento de la economía y afectan severamente la competitividad. Es uno de los impuestos más distorsivos que se aplica, cuya recaudación es de las provincias.

  • Es plurifásico, aplica en cada una de las etapas de la cadena productiva sin reconocer créditos fiscales, produciendo un efecto cascada y acumulativo, hasta llegar al consumidor final, lo cual repotencia los costos y el precio de los bienes y servicios gravados.
  • Distorsiona el valor de lo que se exporta porque no puede recuperarse (no está gravada la venta al exterior pero sí las etapas anteriores). Consecuentemente, se “exporta impuesto”.
  • Desconoce la capacidad contributiva del contribuyente, todos pagan lo mismo, y no tiene en cuenta el resultado (aunque se venda a pérdida).
  • Existen diferentes alícuotas por la misma actividad en algunas jurisdicciones, como así también diferentes criterios de interpretación y aplicación de las normas.
  • Cada provincia aplica sus propios regímenes de retención, percepción, recaudación y otros pagos a cuenta, lo que genera acumulación de significativos saldos a favor. En promedio, la recaudación anticipada es del 70 %, con “perversos laberintos normativos” para su devolución, creando el efecto “helado en la mano”: se derriten rápidamente los saldos a favor y se convierten en verdaderos impuestos “a espaldas de la ley”.

Ningún país del mundo aplica actualmente un tributo de estas características.

Un poco de historia

Las provincias incumplieron el Pacto Fiscal II celebrado en 1993, que las obligaba a eximir de este impuesto a la etapa industrial para generar competitividad. Las jurisdicciones sólo eximieron la manufactura radicada y vendida en la misma provincia, desnaturalizando el objetivo del Pacto y establecieron alícuotas del impuesto superior para las industrias de extraña jurisdicción.

La obligación de eximir del impuesto a la etapa industrial y rebajar alícuotas gradualmente hasta 2022, especialmente en sectores productivos, fue retomada en el Consenso Fiscal 2017, una buena idea, con ingenuidad política, las provincias más temprano que tarde incumplieron los compromisos sin ninguna sanción.

En la revisión firmada en 2021 se suspendieron las rebajas pactadas anteriormente y las provincias quedaron habilitadas a mantener e incluso aumentar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos dentro de topes más flexibles, lo que significó un atroz retroceso en la disminución del gravamen.

Ingresos Brutos completa todos los casilleros de las distorsiones, desalienta la inversión y generación de empleo. Sin embargo, las provincias valoran mucho la recaudación que aporta este impuesto, que en promedio representa el 82% de los ingresos propios.

El desafío de encontrar fuentes de recursos para promover el desarrollo económico sostenible a largo plazo requiere analizar cómo viene comportándose la recaudación en los últimos años.

Peso sobre el PBI y los alimentos

El Impuesto sobre los Ingresos Brutos aumentó su presión tributaria, pasando del 2,4% del PBI en 2004 al 4,1% en 2024, mientras que el resto de los tributos mantuvo niveles de presión similares.

En una canasta de alimentos y bebidas no alcohólicas la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos representa aproximadamente el 7,7% del precio y es el tercer tributo en importancia que influye en los precios luego del Impuesto al Valor Agregado y cargas sociales.

Según estimaciones sobre la base de datos oficiales, en 2024 las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires recaudaron $ 23 billones en concepto de Ingresos Brutos.

En 2025 varias jurisdicciones aumentaron el impuesto a través del incremento de alícuotas (Santa Fe, Neuquén, Chubut y Rio Negro), eliminando las más bajas para ventas minoristas (Jujuy) o no actualizando las escalas de facturación, lo que provocó que muchas empresas pasen a tributar en tramos más altos (Provincia de Buenos Aires).

Su única virtud: “Es invisible a los ojos”. El consumidor desconoce cuánto paga de este impuesto en el precio.

El Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor obliga a detallar en los tickets el impuesto al valor agregado y los demás impuestos nacionales indirectos que inciden en el precio e invita a las provincias a adherir y dictar las normas para que los consumidores también tengan conocimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente.

Solo Chubut y Córdoba han avanzado al respecto, instruyendo a las Direcciones de Rentas Provinciales a dictar la normativa que permita gradualmente cumplir con la transparencia.

Mientras ello no se concrete y se extienda a CABA y las demás provincias, el consumidor continuará sin conocer cuánto paga de este pésimo impuesto en el precio final.

NE

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