Un baile realizado en una localidad de Río Negro se vio interrumpido por una violenta pelea entre dos hombres. Uno de ellos fue señalado como el responsable de iniciar el conflicto y de agredir a quienes intentaron detenerlo, incluidos los policías que intervinieron debido al estado de exaltación en que se encontraba.
Este incidente dio lugar a una causa contravencional bajo la jurisdicción de la Justicia de Paz, que decidió imponerle al agresor una Amonestación y además prohibirle la entrada a cualquier evento público en la localidad durante 90 días.
El suceso ocurrió hace algunas semanas en el estadio Polideportivo de Guardia Mitre, una localidad situada a unos 80 kilómetros al este de Viedma, durante una celebración festiva.
Foto: Ser Argentino
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Dos hombres comenzaron a pelear por una razón desconocida, y la situación fue escalando rápidamente hasta que amigos y familiares tuvieron que intervenir para separarlos.
Aunque lograron calmar momentáneamente la confrontación, uno de los hombres insultando y provocando al otro, lo que desencadenó una nueva pelea a pesar de los intentos de otros por detenerla.
El conflicto se agravó cuando uno de los hombres persistió en su actitud agresiva, incitando a pelear a quienes intentaban calmarlo, incluyendo al personal policial. Ante la imposibilidad de controlarlo, los oficiales procedieron a reducirlo para evitar mayores problemas y lo trasladaron a la Subcomisaría 53.
El hombre fue acusado de desobedecer el Artículo 40 del Código Contravencional, que sanciona las agresiones en espacios públicos, una infracción que podría resolverse con trabajo comunitario (entre dos y diez días) o con una multa económica.
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El 20 de febrero, se convocó al acusado a declarar ante el Juzgado de Paz, pero no presentó ningún tipo de defensa ni se presentó a las audiencias relacionadas con el caso.
Como sanción, el tribunal resolvió imponerle una Amonestación, una medida que busca advertir al infractor sobre la gravedad de su comportamiento y sus consecuencias para la convivencia social, además de la prohibición de asistir a eventos públicos durante 90 días, una pena prevista también en el Código Contravencional.
